lunes, 7 de abril de 2008

Una reflexión sobre el Impuesto sobre el Patrimonio


El pasado 5 de diciembre publicaba el periodista Carlos Sánchez, especializado en temas económicos, un artículo en "elconfidencial.com" sobre la futura supresión del Impuesto sobre el Patrimonio.

El contenido del artículo es muy interesante y puede dar lugar a la reflexión, especialmente en el caso de personas "intoxicadas" por el mensaje liberal que tacha dicho impuesto de tremendamente injusto y discriminatorio. Y eso pese a que desde el Foro Social Manuel Mateo consideramos que dicho impuesto hoy en día no es plenamente eficaz, de forma que las grandes fortunas escapan al control fiscal por medio de sociedades y de inversiones en las famosas SICAV (sociedades de inversión de capital variable que sólo tributan al 1%, lo cual resulta a todas luces escandaloso). Las grandes fortunas tienen, pues, demasiadas vías de escape, y eso es algo que no podemos dejar de denunciar, pero el que eso sea así no quiere decir que la solución sea suprimir el impuesto...

Leamos el artículo y luego reflexionemos:

Quién gana y quién pierde con la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio

Por Carlos Sánchez

Ya no hay dudas. El Impuesto sobre el Patrimonio pasará a la historia tributaria de este país en la próxima legislatura. Los dos únicos partidos con posibilidad de gobernar ya han anunciado formalmente su desaparición aduciendo idénticos motivos: recae sólo sobre las rentas medias, es una antigualla que sólo existe en Francia y en España en el conjunto de la Unión Europea, ya no sirve como instrumento de control de rentas y, sobre todo, es un claro ejemplo de doble imposición (se grava dos veces la misma base imponible). ¿Es esto cierto? ¿Son las clases medias las que realmente pagan los 1.400 millones de euros que recaudan cada año las comunidades autónomas en concepto de Impuesto de Patrimonio? A la luz de los datos no parece que las cosas vayan por ahí.

Veamos. Según la Memoria de la Administración Tributaria correspondiente a 2005 -última publicada-, 920.676 contribuyentes declararon el Impuesto sobre el Patrimonio. La cifra está estancada en el entorno de los 900.000 contribuyentes desde que en el año 2000 se estableciera la exención de la vivienda habitual hasta un valor máximo de 150.253,03 euros, lo que provocó una disminución considerable del colectivo de declarantes (-11.4%). Quiere decir esto que apenas el 5% de los ocupados (sobre los que en principio recaen las obligaciones tributarias) declara el Impuesto sobre el Patrimonio.

¿Pero pagan todos los contribuyentes por igual? Evidentemente que no. Tiene razón el presidente del Gobierno cuando afirma que ese tributo recae sobre las clases medias, al menos en número, pero olvida decir que quienes realmente pagan el Impuesto sobre el Patrimonio no son las clases medias, sino los más ricos, por lo que serán ellos, por lógica, quienes más se beneficien de una supresión total. Veamos de nuevo. La Memoria Tributaria dice que los declarantes con un patrimonio neto inferior a 400.000 euros representan nada menos que el 72,1% del número total de contribuyentes (se supone que ahí están las clases medias). Sin embargo, y aquí está la paradoja, esos contribuyentes aportaron únicamente el 24,8% de la base liquidable total, que no es otra cosa que la base imponible menos las deducciones. Es decir, que tres cuartas partes de los declarantes aportan únicamente la cuarta parte de la recaudación.

Un impuesto de ricos

¿Quiénes pagan, por lo tanto, el impuesto? Pues, evidentemente, los más ricos. El 6,5% de los declarantes, es decir aquellos que cuentan con un patrimonio neto superior al millón de euros (sin incluir las deudas) aporta nada menos que el 41,6% de la base liquidable, por lo que serán ellos -quienes cuentan con un patrimonio superior al millón de euros- los que tienen más motivos para estar felices.

Desde luego, no sólo ellos. El tramo más alto de la pirámide del impuesto, es decir aquellos contribuyentes con un patrimonio superior a los 10 millones de euros -1.663 millones de pesetas- serán los más beneficiados. Y es que, como dice la Memoria Tributaria, los 727 contribuyentes que se encontraban en este intervalo en 2005, los cuales representaron menos del 1 por mil del total de declarantes (sí han leído bien), generaron nada menos que el 4,8% de la base liquidable del impuesto, con una media cercana a los 19 millones de euros por contribuyente, cifra que es 61 veces superior a la media global, la cual se situó en 311.164 euros.

Como se ve el nivel de dispersión del impuesto es elevada. La media de patrimonio por declarante son 311.164 euros, pero el patrimonio de los más acaudalados –también como media- es de 19 millones de euros. Unos y otros, sin embargo, se verán beneficiados de la misma manera por la eliminación del impuesto.

Dichos en otros términos. Los contribuyentes con un patrimonio situado entre 110.000 y 200.000 euros pagan al Fisco entre 84 y 155 euros cada año. Por el contrario, quienes cuentan con un patrimonio superior a un millón de euros e inferior a dos millones, pagan a sus respectivas haciendas autonómicas entre 8.136 euros y 22.163 euros. Pero es que quienes tienen un patrimonio superior a los 10 millones de euros tienen una cuota media a ingresar de 111.205 euros. Como se ve, a unos ganarán más que otros con la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio. Unos dejarán de pagar 100 euros y otros 100.000.

Habrá quien piense que lo injusto del Impuesto sobre el Patrimonio es que hay que tributar por la vivienda habitual, que ya está suficiente gravada por las tasas municipales, el IVA o el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales. Eso es cierto, pero estamos, de nuevo ante una verdad a medias.

Fondos de inversión y acciones

Los inmuebles urbanos (donde se supone que vive el contribuyente) representan apenas el 55% de la base imponible del tramo de declarantes con menor patrimonio, el resto lo componen, fundamentalmente, depósitos bancarios y fondos de inversión. Lógicamente, el peso la vivienda propia respecto del patrimonio evoluciona en sentido decreciente a medida que aumenta la riqueza del individuo, hasta el punto de que en el tramo de los más ricos -10 millones de euros- la vivienda ni siquiera aparece entre los tres principales elementos del patrimonio. La primera fuente de riqueza de los más ricos son los fondos de inversión; la segunda, los valores de renta variable y la tercera ‘otros bienes y derechos’. Estas tres fuentes de renta son las que ahora no se gravarán por la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio.

Habrá quien piense que el Impuesto sobre el Patrimonio es injusto fundamentalmente porque es extremadamente costoso. Veamos los datos. El tipo efectivo de gravamen (no el nominal, ya que hay que tener en cuenta el juego de deducciones) se sitúa en el 0,421%, pero con una característica fundamental: el impuesto es progresivo, por lo que pagan más los que más tienen como, por cierto, proclama la Constitución.

1 comentario:

Deolavide dijo...

A pesar de ser cierto lo expuesto en este artículo, no comparto la defensa de este tipo impositivo.
Fundamentalmente por la razón que, aunque expuesta por Carlos Sánchez, no ha sido rebatida. A saber, el carácter de doble imposición que tiene este impuesto. Y no sólo respecto a la vivienda habitual (ya de por sí sometida a una tributación injusta en el IRPF (injusta por ficticia, pues ficticio y artificial considero estimar que del uso del propio domicilio se obtiene renta alguna, sobre la que se tributa), sino por la totalidad de ese patrimonio.
Patrimonio que no es otra cosa que el resultante acumulado de las rentas que por distinto origen ha obtenido el sujeto pasivo. Rentas todas ellas que han debido tributar por el impuesto correspondiente (fundamentalmente IRPF, pero también, Impuesto de Sociedades, Impuesto de Sucesiones, etc.; sin contar los múltiples impuestos indirectos que detraen la renta disponible del contribuyente).
El Impuesto sobre el Patrimonio podría servir como instrumento de control de la renta del contribuyente, suponiendo al contribuyente defraudador tan “pardillo” como para declarar en Patrimonio lo que defraudó en Renta.
El Impuesto sobre el Patrimonio implica, efectivamente, una doble imposición. Esto es indiscutible.
Si lo que se discute es la injusta distribución de la renta, actúese sobre el origen de la injusticia, con instrumentos eficaces. Nosotros sabemos cuales son esos instrumentos, los que actúan directamente sobre los mecanismos de poder y propiedad en las empresas. Sin que por esto rechacemos una redistribución de la renta mediante impuestos “progresivos”. Impuestos sobre las rentas, no sobre el patrimonio que es una consecuencia de aquellas (que ya habrán tributado).
Si lo que se pretende es corregir la injusta acumulación histórica de patrimonio, deberán utilizarse otros instrumentos. Llegado el caso, la confiscación (por ejemplo, debemos apuntarnos el enriquecimiento ilícito que se ha deducido de la operación de ENDESA).

Hay otro aspecto “criticable” de este Impuesto (aunque, a decir verdad, compartido con otros Impuestos transferidos en mayor o menor medida). Me refiero a la territorialidad del mismo. Dado que se trata de un Impuesto transferido a las Comunidades Autónomas y dado que se considera producido en el territorio de cada Comunidad autónoma el rendimiento del Impuesto sobre el Patrimonio que corresponda a los sujetos pasivos que tengan su residencia habitual en el territorio de la Comunidad, resulta que el impuesto será pagado en la Comunidad del domicilio del contribuyente, con independencia de donde radique su patrimonio.
Bien es cierto que tal cosa no es más que otra de las execrables consecuencias de nuestro modelo autonómico (¡cuantos “beneficios” nos reporta!).